Logo

MEZA RIVAS MARCOS DANIEL C/ AVENDAÑO NATALIA BEATRIZ Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Quilmes declara desierto el recurso de apelación por incumplimiento del plazo y la falta de expresión de agravios por parte del actor. Se confirma así la decisión de primera instancia de no conceder el recurso.

Recurso de apelacion Plazo procesal Agravios Desercion Camara de apelaciones Primera instancia Notificacion electronica Decision confirmada Quilmes Articulo 254 y 261 del codigo procesal

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Marcos Daniel Meza Rivas, interpuso recurso de apelación el 12 de marzo de 2025 contra una sentencia de la primera instancia. La Cámara verificó que la parte actora no expresó agravios en el plazo establecido por el artículo 254 del Código Procesal, tras ser notificada en julio de 2025. La Secretaría del Tribunal puso en conocimiento del actor que debía presentar sus agravios, pero no lo hizo en tiempo, motivo por el cual el tribunal declaró el recurso desierto. La sentencia expresa: "Que en el acuerdo celebrado quedó establecido que la parte actora apelante del 12 de marzo de 2025 no ha expresado agravios en el término dispuesto por el artículo 254 del Código Procesal; FALLO: Se declara desierto el recurso interpuesto en fecha 12 de marzo de 2025, que fuera concedido el día 14 del mismo mes y año". Los jueces Zapa y Crichigno coinciden en que la falta de cumplimiento del plazo implica la deserción del recurso.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar