SENA EULOGIA C/ OMELCHUK MARGARITA ROSA Y OTRO/A S/SIMULACION
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y de Familia de Lomas de Zamora confirmó la sentencia de primera instancia en la causa de simulación, reivindicación y daños y perjuicios, con modificaciones en los montos indemnizatorios y tasas de interés.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia, dictada el 23/11/2022, rechazó la demanda de simulación promovida por Eulogia Sena, declaró abstracta la excepción opuesta por Laura A. Omelchuk y condenó a las demandadas Margarita Rosa y Ana María Omelchuk a entregar posesión del inmueble, además de condenarlas al pago de daños y perjuicios por daños psíquicos, moral y gastos diversos. La Cámara confirma la validez de la acción de simulación, rechazando los agravios de la parte actora por considerarlos insuficientes, y mantiene la condena en daños, elevando los montos y modificando la tasa de interés a una tasa del 6% anual desde la fecha del daño. Además, impone costas de alzada a la parte vencida, Eulogia Sena.
Fundamentos principales:
- La alegación de simulación fue rechazada por la falta de acreditación de los presupuestos del acto simulado, ya que no se observó que el acto jurídico plasmado en la escritura N°500 fuera ficticio o que solo representara una apariencia. La jurisprudencia provincial indica que el acto simulado requiere un acuerdo para crear una apariencia de negocio sin contenido real, lo cual no se acreditó en el caso. "El acuerdo simulatorio subyace entre las partes y consiste en no atribuir al acto los efectos que ordinariamente debe producir."
- Respecto a la reivindicación, se concluyó que la prueba no fue concluyente para acreditar la posesión veinteañal alegada por Sena, ya que los testimonios y documentación aportada no demostraron la existencia de una posesión prolongada y a título de dueña. "La prueba producida no resulta concluyente. La prueba documental aportada por la propia demandada tampoco acredita el período denunciado como de posesión a título de dueña."
- En daños y perjuicios, la Cámara valoró la pericia que certificó daño psíquico y moral en las víctimas, proponiendo elevar los montos a 1.000.000 pesos para daños psíquicos y 1.000.000 pesos para daño moral, con intereses al 6% anual desde el hecho dañoso hasta la sentencia. La valoración se realizó en base a la doctrina de la SCBA, considerando la gravedad del daño y la relevancia de la reparación moral. "El dolor humano es apreciable y la tarea del juez es realizar la justicia humana."
- En cuanto a las tasas de interés, la Sala modificó la decisión de primera instancia, estableciendo que los
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