ECHANDIA, HUGO ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso de apelación de la demandada, manteniendo la validez de la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la exención del impuesto a las ganancias en las retroactividades, además de imponer las costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Hugo Ángel Echandia, presentó una demanda por reajustes previsionales contra la ANSeS. La sentencia de primera instancia declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre las retroactividades. La demandada apeló cuestionando la constitucionalidad de ciertos decretos, la exención tributaria y las costas procesales. La Cámara Federal de Mar del Plata, tras analizar los agravios, consideró que los planteos de la demandada eran sustancialmente análogos a fallos anteriores ("CIER, NILDA PILAR"; "GUIRAO MARÍA") y, por lo tanto, confirmó la decisión de primera instancia. La Cámara también declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y ordenó que las costas de ambas instancias fueran impuestas a la vencida. Fundamentos principales: "Del examen de autos surge que el Sr. ECHANDIA HUGO ANGEL adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, con fecha de adquisición el 12/05/2012." "En cuanto al agravio relacionado con el tratamiento al planteo de inconstitucionalidad de los decretos dictados por el PEN 163/2020, 495/2020, 692/2020 y 899/2020, consideramos que es sustancialmente análogo a lo examinado por esta Alzada en los Autos “CIER, NILDA PILAR c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES” y “GUIRAO MARÍA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, por lo que corresponde confirmar lo decidido en primera instancia." "En referencia a las costas, cabe recordar lo señalado en la sentencia dictada en “AGOSTINO, TERESITA DEL CARMEN c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS”, y en consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida."
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