CARRIZO, RENE DOLORES c/ ANSES s/PENSIONES
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó la sentencia que favoreció a la actora en la demanda de pensión, rechazando el recurso de apelación de la demandada y ratificando la resolución que ordena a la ANSES otorgar la pensión de acuerdo con la normativa vigente y la jurisprudencia aplicable. La sentencia también declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y dispuso las costas de alzada a la vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, RENE DOLORES CARRIZO, solicitó el reconocimiento de su derecho a una pensión tras la muerte de Gerardo Oscar Gentil, y la sentencia de primera instancia hizo lugar a su demanda, declarando inaplicable la exigencia de “afiliación previa” y ordenando a la ANSES que otorgue la pensión en 30 días. La demandada interpuso recurso de apelación cuestionando la constitucionalidad del decreto 460/99 y el plazo de cumplimiento, pero la Cámara Federal de Mar del Plata rechazó estos agravios. La Cámara señaló que los argumentos presentados son sustancialmente análogos a fallos previos, y confirmó la resolución de grado remitiéndose a los fundamentos de esas jurisprudencias. Además, se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de alzada a la parte vencida. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia consolidada de la Cámara, la normativa vigente y la protección de derechos previsionales.
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