Logo

G., P. C. Y OTRO c/ UTHGRA (UNION TRABAJ DEL TURISMO) s/PRESTACIONES MEDICAS

La sentencia regula los honorarios y costas en un proceso de amparo por prestaciones médicas, imponiendo las costas a la parte demandada y fijando los honorarios profesionales en 20 UMA, equivalentes a $1.515.780, en función de la ley 27.423 y la jurisprudencia del tribunal. La resolución también establece que el pago será en moneda de curso legal, con interés pasivo en caso de incumplimiento.

Quién demanda: G. P. C. y otro

¿A quién se demanda?

UTHGRA (Unión Trabajadora del Turismo)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamaron prestaciones médicas y continuidad en la cobertura de salud, especialmente por hijos con Certificado Único de Discapacidad; además, impugnaron la demora en el cumplimiento y solicitaron la regulación de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

El tribunal resolvió imponer las costas a la parte demandada, regular los honorarios del letrado en 20 UMA por cada parte, equivalentes a $1.515.780, y establecer que el pago se realiza en moneda de curso legal, con intereses en caso de incumplimiento. La decisión se fundamenta en que la conducta de la demandada justificó la imposición de costas y que los honorarios deben ajustarse a la ley 27.423, considerando que solo se desarrolló una etapa procesal. Fundamentos principales de la decisión: "Que, a los fines de establecer el régimen de costas, comparto la jurisprudencia que entiende que la mera circunstancia de que una cuestión litigiosa se torne abstracta no es obstáculo para imponer las costas, desde que resulta preciso examinar las causas que condujeron a ese desenlace y las circunstancias en que tuvo lugar, como así también en qué medida la conducta de cada una de las partes influyó para que la controversia finalizara de esa forma." "Que, conforme surge de las constancias de autos, corresponde señalar en primer lugar que existió una petición extrajudicial formulada por los actores a fin de que la demandada cumpla con la continuidad de la afiliación... Los actores efectuaron reclamo administrativo ante la Superintendencia de Servicio de Salud, el cual fue rechazado por la demandada, que argumentó no estar inscripta en el registro de Obras sociales para Monotributista." "Que, la falta de cumplimiento en tiempo oportuno del reclamo, obligó a los actores a iniciar la presente acción y ello resultó decisivo para obtener finalmente la afiliación y cobertura de las prestaciones médicas." "Que, en cuanto a los honorarios, estos deben regularse en base a la ley 27.423, atendiendo a que la tarea profesional se inició durante su vigencia. En causas de amparo, se estima que corresponde fijar los honorarios en 20 UMA, lo que equivale a la suma de $1.515.780, para cada letrado." "Que, en consecuencia, los honorarios

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar