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JARA, CELINDA CARMEN c/ ANSES s/PENSIONES

La sentencia que reconoce el derecho de la actora a obtener la pensión derivada por fallecimiento del causante y ordena su pago, incluyendo retroactivos y costas, tras determinar que la negativa administrativa fue viciada en su fundamentación y que no se acreditó causa de exclusión.

Prescripcion Fallecimiento Derecho previsional Separacion de hecho Retroactivos Vulneracion de derechos Pension derivada Ley 24.241 Vicio en acto administrativo Responsabilidad de anses

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Celinda Carmen Jara, demanda a la ANSES solicitando el beneficio de pensión derivada por fallecimiento de su esposo, el Sr. Arango, ocurrido el 02/04/2022.
- La demandada argumenta que la solicitud debe ser rechazada por existir separación de hecho y por la existencia de prueba que indica la culpabilidad del causante en la separación, además de la falta de dependencia económica acreditada.
- La sentencia concluye que el acto administrativo que negó la pensión está viciado en su causa, ya que no se sustentó en el derecho aplicable, y que la prueba testimonial y confesional demuestra la existencia del vínculo matrimonial vigente y la no configuración de causales de exclusión.
- Se destaca que la ley 24.241 en su art. 53 establece que la viuda tiene derecho a pensión, y que la separación de hecho, por sí sola, no perjudica dicho derecho si no es por culpa de ambos o del beneficiario.
- La sentencia revoca la resolución administrativa, ordenando el pago de la pensión y retroactivos desde el 10/07/2022, con intereses, y condena en costas a la demandada.
- Además, se declara la prescripción de los haberes anteriores a esa fecha, en línea con el art. 82, 2do. párrafo de la ley 18.037.

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