JARA, CELINDA CARMEN c/ ANSES s/PENSIONES
La sentencia que reconoce el derecho de la actora a obtener la pensión derivada por fallecimiento del causante y ordena su pago, incluyendo retroactivos y costas, tras determinar que la negativa administrativa fue viciada en su fundamentación y que no se acreditó causa de exclusión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Celinda Carmen Jara, demanda a la ANSES solicitando el beneficio de pensión derivada por fallecimiento de su esposo, el Sr. Arango, ocurrido el 02/04/2022.
- La demandada argumenta que la solicitud debe ser rechazada por existir separación de hecho y por la existencia de prueba que indica la culpabilidad del causante en la separación, además de la falta de dependencia económica acreditada.
- La sentencia concluye que el acto administrativo que negó la pensión está viciado en su causa, ya que no se sustentó en el derecho aplicable, y que la prueba testimonial y confesional demuestra la existencia del vínculo matrimonial vigente y la no configuración de causales de exclusión.
- Se destaca que la ley 24.241 en su art. 53 establece que la viuda tiene derecho a pensión, y que la separación de hecho, por sí sola, no perjudica dicho derecho si no es por culpa de ambos o del beneficiario.
- La sentencia revoca la resolución administrativa, ordenando el pago de la pensión y retroactivos desde el 10/07/2022, con intereses, y condena en costas a la demandada.
- Además, se declara la prescripción de los haberes anteriores a esa fecha, en línea con el art. 82, 2do. párrafo de la ley 18.037.
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