PEREZ VALENTE, PATRICIO ANDRES c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la declaración de falta de aptitud jurisdiccional por no agotar la vía administrativa previa en un caso de accidente laboral. El tribunal sostiene que la normativa vigente respeta principios constitucionales y que el trámite administrativo previo no vulnera derechos constitucionales, reforzando el acceso a la justicia en materia de riesgos del trabajo.
Actor: Patricio Andres Perez Valente Demandado: Provincia ART S.A. Objeto: Reclamación por accidente laboral y presuntas lesiones derivadas del trabajo. Decisión: La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que declaró la falta de aptitud jurisdiccional por no agotarse la vía administrativa previa, considerando que la ley 27.348 es constitucional y que los trámites administrativos previos no afectan el acceso efectivo a la jurisdicción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara reafirmó que la ley 27.348 obliga a transitar las comisiones médicas sin que exista norma constitucional que prohíba los trámites previos. Se citan precedentes de la Corte Suprema y la Corte Interamericana que respaldan la constitucionalidad del sistema. Además, se destaca que la normativa vigente busca garantizar la celeridad y protección del trabajador, y que la posibilidad de acceder a la jurisdicción no se ve restringida por los procedimientos administrativos. La mayoría sostiene que la ley 27.348 no viola principios constitucionales y que la vía administrativa previa es un requisito legítimo y constitucional para acceder a la justicia en estos casos.
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