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BARRIENTOS, ORLANDO TIMOTEO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Justicia Nacional del Trabajo confirmó la existencia de una incapacidad del 3,33% por secuelas del accidente laboral, y resolvió que la demandada debe abonar la indemnización y costas, manteniendo la valoración pericial y declarando la inconstitucionalidad del Decreto 157/18.

Intereses Recurso de apelacion Indemnizacion Pericia medica Incapacidad laboral Actualizacion monetaria Accidente laboral Inconstitucionalidad Normativa de riesgos del trabajo Constitucionalidad.


¿Quién es el actor?

Orlando Timoteo Barrientos

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamó indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente ocurrido el 16/02/2018 y cuestionó el dictamen médico que determinó que NO poseía incapacidad.
- Decisión del tribunal: La sentencia de primera instancia determinó una incapacidad física del 3,33%, condenando a la demandada a pagar $58.858,17 por indemnización, más intereses y costas. Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley 24.557, y del Decreto 157/18, por afectar derechos constitucionales y por ser inconstitucionales sobrevinientes. La sentencia reafirmó la valoración pericial, aplicando un porcentaje de incapacidad basado en la prueba pericial y en la normativa vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El juez destacó que la incapacidad física del actor fue determinada en 3%, con un adicional del 0,33% por factores de ponderación, totalizando 3,33%. Se valoró la prueba pericial sin impugnaciones y se respetó la valoración del perito, en línea con principios de sana crítica y de la jurisprudencia. Se analizó la constitucionalidad de las normas que prohibían la actualización monetaria y los intereses, concluyendo que estas normas devienen inconstitucionales por ser contrarias a la Constitución Nacional, en particular por afectar el derecho de propiedad y generar una licuación injusta de la indemnización. Se declaró además la inconstitucionalidad del Decreto 157/18, que modificaba la norma de intereses. La sentencia dispuso que la suma por indemnización sea actualizada desde la fecha del accidente y que se apliquen intereses del 6% anual, en línea con la jurisprudencia constitucional. Finalmente, se impusieron costas a la demandada y se reguló honorarios conforme a la Ley 27.423.

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