BIÑONES TERESA INES Y OTROS c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó la incorporación de los suplementos y bonificaciones del Decreto 243/15 al haber mensual del personal activo, considerando su carácter remunerativo y bonificable y su traslado al pasivo, en línea con jurisprudencia de la Corte Suprema.
¿Quién es el actor?
Teresa Inés Biñones y otros
¿A quién se demanda?
Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inclusión en el haber de pasividad de las acreencias emergentes de las asignaciones por decreto 243/15 con carácter remunerativo y bonificable
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, estableciendo que las asignaciones del Decreto 243/15, aunque en su denominación tengan carácter no remunerativo, en realidad poseen carácter remunerativo y bonificable y deben ser trasladadas a la pasividad
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del informe producido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos surge con claridad que los suplementos, bonificaciones y compensaciones previstas en el Decreto 243/2015 resultan de tal magnitud que no pueden considerarse como accesorias o adicionales. De las consideraciones vertidas se infiere que, más allá de la denominación que intente asignárseles por vía reglamentaria a las asignaciones instituidas por el Decreto 243/2015, ostentan carácter “remunerativo” y “bonificable” y deben por ello incorporarse al “haber mensual” de quien acciona, los beneficios pretendidos que le hubiesen correspondido percibir de continuar en actividad de acuerdo a su situación escalafonaria." Además, la Corte Suprema ha avalado que las asignaciones generales otorgadas en actividad deben trasladarse al retiro, en consonancia con los precedentes citados, y que la normativa en cuestión fue modificada por varios decretos, por lo que su aplicación debe mantenerse. Se destaca también que la estructura salarial, según la jurisprudencia, no tuvo como finalidad compensar gastos extraordinarios, sino mantener o aumentar la retribución total mensual, por lo que deben considerarse en el cálculo de pasividad. Se impone entonces la confirmación de la sentencia en todos sus términos.
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