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CAVALLO LUCIA GRACIELA c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda de pensión por fallecimiento, ordena al organismo previsional que emita un nuevo acto administrativo favorable y reconoce el carácter de causahabiente de la actora, fundamentando que la separación de hecho no implica pérdida del derecho a pensión si no se demuestra culpa en la separación.

Apelacion Jurisprudencia Separacion de hecho Derechos previsionales Pension por fallecimiento Aportes irregulares Ley 24.241 Ley 17.562 Recursos de amparo. Derecho a causahabiente

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora demanda pensión por fallecimiento de su cónyuge, el causante, y cuestiona la decisión administrativa que denegó el beneficio por supuesta separación de hecho y falta de aportes regulares. La Cámara analiza la existencia de la relación matrimonial reconocida y la separación de hecho, señalando que la separación por sí sola no perjudica el derecho a pensión si no se demuestra culpa. La sentencia también revisa la situación de los aportes del causante, concluyendo que, si bien no se acreditó la regularidad total, los años de cotización permiten considerar que la actora tiene derecho a la pensión como causahabiente. Además, ordena al organismo que en 30 días emita nuevo acto administrativo en favor de la solicitante, siempre que los aportes sean comprobados. Se confirma así la postura de que la separación de hecho no implica automáticamente la pérdida del derecho previsional, en línea con jurisprudencia constitucional y doctrinal.

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