TENCA, OSVALDO ALBERTO c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Cámara Federal de Mar del Plata resolvió parcialmente el recurso de la actora y ordenó el reintegro de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias sobre beneficios previsionales, aplicando las tasas vigentes en cada período. La decisión confirma la procedencia del reclamo y ajusta la cuantía del resarcimiento, manteniendo los fundamentos constitucionales y jurisprudenciales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Osvaldo Alberto Tenca, demanda a la AFIP solicitando la declaración de inconstitucionalidad del art. 82, inc. c) de la ley 20.628 y el reintegro de las retenciones indebidas en concepto de impuesto a las ganancias sobre beneficios previsionales.
- La Cámara Federal de Mar del Plata, tras analizar los agravios, resuelve hacer lugar parcialmente al recurso y ordenar a la demandada el reintegro de las sumas retenidas antes del inicio de la demanda, aplicando las tasas ministeriales vigentes.
- La Sala consideró que, dado el carácter alimentario y la edad avanzada de la actora, no correspondía someterla a un trámite administrativo para la devolución de sumas anteriores a la demanda, en línea con precedentes de la CSJN y la jurisprudencia de la Cámara.
- Se reafirmó que la declaración de inconstitucionalidad de la normativa implica que las retenciones anteriores a la demanda deben ser restituidas, sin necesidad de tramitar un proceso adicional.
- Respecto a la tasa de interés, la Cámara se alineó con la jurisprudencia del Máximo Tribunal que confirma la aplicación de las tasas ministeriales, rechazando planteos de inconstitucionalidad en ese aspecto.
- La decisión fue adoptada con fundamento en principios constitucionales, la protección de derechos de los beneficiarios y la coherencia con precedentes nacionales y la jurisprudencia de la CSJN.
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