INSAURRALDE ERNESTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La sentencia ordena la actualización del haber previsional de la actora y rechaza la demanda en otros aspectos; la jueza dispuso que ANSES practique la actualización en 120 días y que pague las diferencias si son superiores al 15%. La acción en cuanto a PC y PAP fue rechazada y se diferió la regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, inscripta en la ley 24.241 con aportes dependientes, demanda a ANSES solicitando la actualización de su haber previsional por falta de movilidad y/o actualización.
- La demandada niega el derecho al reajuste y opone la prescripción, además de cuestionar la constitucionalidad de normas aplicadas.
- La jueza considera que la actora adquirió su derecho el 13-07-2023 y que la ley 24.241, modificada por la ley 26.222 y 27.609, establece pautas para la actualización.
- La sentencia actualiza la PBU según el índice “Badaro”, ordena a ANSES que en 120 días practique la liquidación, y si la diferencia supera el 15%, que pague la diferencia con intereses.
- Se rechaza la demanda en relación a la actualización de la Prestación Complementaria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), por no acreditarse daños concretos y por considerar que no hay inconstitucionalidad en las normas cuestionadas.
- Se diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución y se impusieron costas en orden causado.
- La decisión se fundamenta en la jurisprudencia nacional, en especial en precedentes de la CSJN y de la Cámara Federal de Seguridad Social, y en el análisis de constitucionalidad y razonabilidad de las normas.
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