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F, M B C/ J C M S/INCIDENTE DE ALIMENTOS

La Cámara confirmó la resolución que fijó la cuota alimentaria en el 90% del SMVM, rechazando los agravios del alimentante, considerando que la cuota no resulta excesiva y que la obligación alimentaria debe ajustarse a las necesidades del menor, ponderando las posibilidades del progenitor y la situación del núcleo familiar.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La madre de una menor de 6 años promovió incidente de aumento de cuota alimentaria, solicitando que se incremente al 90% del SMVM. La parte demandada alegó insuficiencia de ingresos y situación económica precaria, solicitando reducción. La primera instancia fijó la cuota en el 90% del SMVM, argumentando que la necesidad del menor y la situación del progenitor justifican dicho monto. La Cámara confirmó esa decisión, señalando que el incremento es proporcional al crecimiento y necesidades del niño, y que la situación económica del demandado no es suficiente para reducir la cuota, rechazando los agravios de excesividad y cuestionamientos a gastos y organización familiar. La sentencia destaca que la obligación alimentaria no debe limitarse por los ingresos del progenitor, sino por las necesidades del hijo y la capacidad económica del alimentante, y que la obligación de garantizar un nivel de vida digno está avalada por la normativa vigente y la jurisprudencia.

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