RIVA RAMON JAVIER C/ FURFURO NORBERTO DANIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES O MUERTE (EXC.ESTADO) **E**
La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, admitiendo la demanda por daños y perjuicios por negligencia en un accidente de tránsito, y distribuyó la responsabilidad en un 50% para cada parte, condenando a los demandados a pagar $23.262.700 más intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Ramón Javier Riva, demanda a Norberto Daniel Furfuro y la aseguradora Mercantil Andina por daños derivados de un accidente ocurrido el 5 de noviembre de 2017 en la Autovía 2, en el que sufrió lesiones severas con secuelas permanentes. La primera instancia rechazó la demanda, atribuyendo la responsabilidad al propio actor por desplazamiento intempestivo hacia la derecha sin luces reglamentarias, y por conducción imprudente, en base a una pericia mecánica y accidentológica. El recurso de apelación sostiene que la dinámica del siniestro fue mal valorada, que la conducta del demandado no fue la exclusiva causante y que la motocicleta circulaba en igual sentido y más próxima a la línea divisoria, por lo que la responsabilidad debe compartirse en un 50%. La Cámara revisó los argumentos y concluyó que la mecánica del accidente, las constancias y la pericia indican que el vehículo del demandado circulaba detrás y a mayor velocidad, y que la motocicleta se desplazó hacia la derecha, invadiendo el carril, generando la colisión por alcance. La Sala revocó la decisión de primera instancia y partió de la base que la responsabilidad del demandado, por no mantener distancia prudencial y embestir al rodado que lo precedía, en un escenario en el que la motocicleta circulaba sin luces en horario nocturno, y que la conducta del actor también tuvo un aporte causal. La responsabilidad se distribuyó en un 50% para cada parte. Además, se fijaron indemnizaciones por incapacidad, daño moral, gastos médicos y lucro cesante, ajustadas a los parámetros del nuevo Código Civil y Comercial, con intereses al 6% desde el hecho y desde la sentencia.
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