BARRAZA JORGE RICARDO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara de Apelación en lo Laboral de San Isidro confirmó la procedencia de la demanda y la condena a la aseguradora para pagar una indemnización por accidente de trabajo, además de declarar la inconstitucionalidad de varias disposiciones legales y normativas relacionadas con las prestaciones y actualización de créditos laborales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Jorge Ricardo Barraza, promovió demanda contra la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. solicitando resarcimiento por lesiones derivadas de un accidente laboral ocurrido el 16/02/2017, en el que sufrió secuelas físicas y psicológicas. La demanda fundamentó su pretensión en la responsabilidad del empleador y la ART, además de cuestionar constitucionalidad de leyes y decretos que regulan las prestaciones por riesgos del trabajo, especialmente las leyes 24.557, 26.773, ley 27.348, y normas relacionadas con la actualización y cálculo de indemnizaciones. El tribunal analizó las pruebas periciales médicas y psicológicas que acreditaron una incapacidad física del 5,52% y una incapacidad psicológica del 10%, sumando un 15,52% de incapacidad total, vinculada directamente con el accidente. Se consideró probado que la lesión guardaba relación causal con el siniestro y que las prestaciones otorgadas por la ART fueron correctas. Respecto a la constitucionalidad de las leyes 24.557 y 26.773, el tribunal declaró su inconstitucionalidad en lo que respecta a los arts. 6, 8, 21, 22 y 46 de la ley 24.557, y al art. 7 de la ley 23.928, por vulnerar principios constitucionales de razonabilidad, propiedad y igualdad. También consideró inconstitucional la Resolución SSN 1039/19, por afectar derechos constitucionales de los trabajadores. En cambio, rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.348 y decreto 54/17. En consecuencia, el tribunal hizo lugar a la demanda, condenando a la aseguradora a pagar la suma de $203.177,59, actualizada con el índice RIPTE desde la exigibilidad del crédito, y con intereses puros del 6% anual desde esa fecha. Se dispuso la aplicación del sistema de actualización y la imposición de costas a la parte vencida. Fundamentos principales: El tribunal sostuvo que la responsabilidad del siniestro está acreditada y que la incapacidad física y psíquica del actor resulta proporcional a las lesiones denunciadas y evaluadas por las pericias. En cuanto a la constitucionalidad, se resaltó que las disposiciones que limitan la actualización de las indemnizaciones, en particular las leyes 24.557 y 26.773, vulneran derechos constitucionales del trabajador por la inflación y la devaluación monetaria, por lo cual se declararon inconstitucionales. La declaración de inconstitucionalidad se fundamentó
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