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MORENO CARLOS FABIAN C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ DETERMINACIÓN DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Tres Arroyos confirmó la sentencia que reguló honorarios a favor del Dr. Moreno en el expediente administrativo, considerando su participación como adecuada y la conducta de la parte demandada como temeraria y maliciosa.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Comision medica Procedimiento administrativo Sancion Justicia laboral Buenos aires Ley 14.967 Srt. Temoraria y maliciosa

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Carlos Fabian Moreno para que se determinen y fijen sus honorarios profesionales por su actuación en el proceso administrativo ante la Comisión Médica Nº 13 de Bahía Blanca, por la suma que corresponda según la Ley 14.967. La parte demandada, La Segunda ART S.A., contestó alegando prematuridad por no haberse determinado aún el grado de incapacidad del trabajador Ortalachipi Bruno Adolfo. El tribunal analizó la normativa aplicable, destacando la obligatoriedad del patrocinio letrado en los procedimientos ante las comisiones médicas, y la relevancia de la actuación del Dr. Moreno en la tramitación del expediente administrativo, que fue considerado en la resolución. La sentencia de primera instancia reguló honorarios en 8 Jus, condenó a la demandada a pagar las costas y sancionó por temeraria y maliciosa la conducta de la parte demandada y su letrado, imponiéndoles una multa del 10% del monto de la condena, en beneficio del actor. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, considerando que la actuación del letrado fue adecuada y que la conducta de la demandada y su letrado fue temeraria y maliciosa, con lo cual se ratificó la condena en sanción y la regulación de honorarios.

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