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CACERES CARVAJAL RODRIGO JUAN C/ COOPERATIVA OBRERA LIMITADA DE CONSUMO Y VIVIENDA S/ DESPIDO

La Cámara de Primera Instancia rechazó la demanda por inexistencia de relación laboral y fraudulenta, confirmando la validez de la vinculación cooperativa y asimilándola a un vínculo de carácter asociativo, desestimando las pretensiones del actor.

Prueba documental Pericia contable Relacion laboral Cooperativa Fraude laboral Relacion asociativa Vinculo cooperativo Desestimacion. Inscripto ante afip Actividad de auxiliar

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Rodrigo Juan Caceres Carvajal, demandó a la Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda por despido y otros conceptos laborales, alegando fraude laboral y relación dependiente. La parte demandada sostuvo que el vínculo era cooperativo, que el actor era asociado y que no existía relación laboral. La prueba documental, informes y testimonios acreditaron la existencia de una relación cooperativa regular, inscripta y autorizada, con actividades enmarcadas en su objeto social, y que el actor actuaba como asociado en tareas de auxiliar, sin subordinación ni dependencia laboral. La pericia contable confirmó que el actor era socio y percibía retornos en carácter de asociado, no como empleado. La jurisprudencia citada respalda que la relación no configuró vínculo laboral y que los hechos demostraron cumplimiento legal y estatutario de las cooperativas. El tribunal concluyó que no hubo fraude laboral ni relación de dependencia, por lo que rechazó la demanda en su totalidad, imponiendo costas al actor.

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