DI PIETRO NICOLÁS C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Homologación de acuerdo transaccional en demanda por daños y perjuicios en accidente de auto; el tribunal aprueba el convenio y regula honorarios y gastos procesales, estableciendo montos en pesos y condiciones para su pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Nicolás Di Pietro demanda a Federación Patronal Seguros S.A. y otro por daños y perjuicios derivados de lesiones en un accidente de tránsito. La sentencia homologó el acuerdo transaccional celebrado entre las partes, conforme al art. 308 del CPCC, y reguló los honorarios profesionales de los abogados y la mediadora, estableciendo que los mismos no incluyen IVA y que deben pagarse en los plazos establecidos. Además, se dispuso la regulación de honorarios en favor de los profesionales intervinientes, en particular del Dr. Nicolás Mario Di Pietro y la mediadora Dra. López María Lucrecia, ajustando la cuantía según la labor desarrollada y la proporcionalidad. La resolución también dispuso el pago de tasas y contribuciones, y estableció las condiciones de notificación y pago de honorarios, en línea con la ley 14.967 y el Código Civil y Comercial de la Nación.
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