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MOREL, EDUARDO FABIÁN - LESIONES GRAVES DOLOSAS Y AMENAZAS SIMPLES S/ RECURSO DE CASACIÓN

La Cámara de Casación de Entre Ríos confirmó la sentencia que condenó a Eduardo Morel por lesiones graves dolosas y amenazas simples, rechazando el recurso de casación y reforzando la valoración probatoria y la fundamentación jurídica del fallo de primera instancia. La resolución se basó en indicios y testimonios que acreditaron la responsabilidad del acusado.

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- Quién demanda: No corresponde especificar, pues es una revisión de la sentencia condenatoria.

¿A quién se demanda?

Eduardo Fabián Morel.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la sentencia condenatoria por supuestos vicios en la valoración de la prueba, alegando inconstitucionalidad y violación de principios de inocencia y debido proceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Casación rechazó el recurso de casación interpuesto por el defensor, confirmando la sentencia condenatoria del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay del 18 de septiembre de 2024, que condenó a Morel a un año de prisión en suspenso por lesiones graves y amenazas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia apelada valoró de manera razonada y fundada las pruebas, incluyendo testimonios directos e indiciarios, certificados médicos y antecedentes de violencia previos del condenado, sosteniendo que existía una base objetiva y suficiente para la condena. La Cámara resaltó que la valoración de la prueba se realizó conforme a la sana crítica racional y a la doctrina de la prueba indiciaria, en línea con los estándares internacionales y la jurisprudencia nacional. Se destacó que la impugnación por la defensa no logró desvirtuar la fundamentación del fallo ni demostrar arbitrariedad o violaciones constitucionales, y que la valoración de la prueba fue exhaustiva y equilibrada, respetando el principio de inocencia y las garantías del proceso penal. Además, las costas fueron impuestas al recurrente, en línea con la normativa procesal aplicable.

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