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SANTOS MAYRA DENISE Y OTRO/A C/ VERA JOSE MARIA Y OTRO/A S(N°1)/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia de primera instancia condenó al demandado por daños derivados de un accidente de tránsito, responsabilizándolo objetivamente y fijando una indemnización total de aproximadamente 68.372.800 pesos, considerando daños patrimoniales y no patrimoniales. La Cámara confirmó la responsabilidad y la cuantificación de la indemnización, manteniendo la condena y las costas.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Indemnizacion Seguro automotor Responsabilidad del conductor Accidente transito Danos fisicos y psiquicos Responsabilidad civil. Pericias medicas y mecanicas

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor Alexander Edgardo González y la co-actora Mayra Denise Santos demandaron al conductor José María Vera por daños y perjuicios ocasionados en un accidente de tránsito ocurrido el 29/11/2023. La parte actora reclamó daños físicos, psíquicos, morales, gastos de asistencia, daños materiales y perjuicios no patrimoniales, fundamentando en responsabilidad objetiva del demandado por ser titular del vehículo que embistió a la motocicleta. La defensa, Provincia Seguros S.A., reconoció la cobertura del seguro con un límite de $39.000.000, y negó la responsabilidad. La sentencia de primera instancia, por mayoría, declaró responsable al demandado, aplicando la responsabilidad objetiva del artículo 1758 del CCyC, y fijó una indemnización total de $68.372.800, distribuidos entre daños físicos, psíquicos, morales, gastos, reparación de vehículo y daño moral, además de intereses al 6% desde el 29/11/2023. La responsabilidad se extendió a la aseguradora en los términos del art. 118 de la ley 17.418. y las costas fueron impuestas al demandado. La Cámara confirmó la sentencia, considerando que la responsabilidad era objetiva, que la conducta del conductor no fue prudente, y que las pruebas periciales médicas, psicológicas y mecánicas avalaban la cuantificación de los daños y la responsabilidad. La responsabilidad del demandado fue determinada en base a la mecánica del accidente, la inspección ocular, pericias técnicas y la historia clínica, concluyéndose que la maniobra del vehículo fue negligente y que la culpa del conductor fue determinante en el siniestro. La cuantificación de daños consideró el daño patrimonial, no patrimonial, gastos y lucro cesante, ajustados a valores actuales y con una metodología que incluyó fórmulas actuariales y la unidad de valor Jus, para garantizar una reparación integral. La condena fue además extendida a la aseguradora, en los términos del contrato y la ley de seguros.

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