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RODRIGUEZ ALVAREZ MANUEL RICARDO S/ INFORMACION SUMARIA CON EXPEDIENTE

El tribunal dictó sentencia favorable a la rectificación de datos en escritura pública, reconociendo que las distintas denominaciones y errores en fechas y números de documento corresponden a la misma persona, ordenando la inscripción registral de la modificación. La decisión se fundamenta en la prueba documental y testimonial que acredita la identidad del actor.

Prueba testimonial Identidad Inscripcion registral Escritura publica Documentacion probatoria Rectificacion de datos Procesos voluntarios Prueba sumaria Documentacion de identidad Accion de oficio

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Manuel Ricardo Rodríguez Álvarez, demanda la rectificación de datos en una escritura pública del 18 de julio de 1986, en la cual se consignaron errores en su nombre, fecha de nacimiento y número de DNI. La parte actora aporta documentación probatoria, incluyendo partida de nacimiento, certificados de nacionalidad, documentos de identidad y pasaportes, que acreditan que el demandante y el titular de la escritura pública son la misma persona, a pesar de las divergencias iniciales. La prueba testimonial también confirma que el actor utilizó distintas denominaciones y documentos, pero corresponde a una misma persona. La sentencia concluye que los datos erróneos en la escritura deben ser rectificados y que el demandante es titular del inmueble y documentos asociados, por lo que se ordena la modificación registral correspondiente. Los fundamentos principales se basan en la prueba documental que demuestra la identidad y en la jurisprudencia que admite la prueba unilateral y probatoria de la información sumaria para acreditar identidad en procesos de esta naturaleza.

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