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VIDAL, IGNACIO c/ COMPAÑIA PANAMEÑA DE AVIACION S.A. s/LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR

La Cámara Federal de Córdoba confirmó la competencia de los tribunales argentinos en un reclamo por incumplimiento en transporte aéreo internacional, rechazando la declinatoria y ordenando la continuación del proceso en Córdoba debido a la relación de prestación efectiva en Argentina y la existencia de sucursal en Buenos Aires.

Relacion de consumo Competencia territorial Ley de defensa del consumidor Transporte aereo Convenio de montreal Jurisdiccion internacional Ley 24.240 Jurisdiccion argentina Competencia del tribunal federal Relacion contractual internacional.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- El actor, Ignacio Vidal, demanda a la Compañía Panameña de Aviación S.A. por incumplimiento contractual en un transporte internacional, reclamando devolución de dinero, daños y perjuicios, daño moral y daño punitivo.
- La demandada invoca la competencia del tribunal de Panamá y la inaplicabilidad de la ley de consumo y del convenio de Montreal en favor de los tribunales argentinos.
- La Cámara analizó las normas del Convenio de Montreal, la ley 24.240 y el Código Civil y Comercial, concluyendo que el lugar de cumplimiento del contrato fue en Buenos Aires, donde la agencia y la sucursal de la demandada operan, además del pago realizado con tarjeta argentina.
- La Cámara sostuvo que la interpretación del art. 33 del Convenio de Montreal no limita la competencia a las jurisdicciones señaladas, sino que incluye también la del lugar de cumplimiento, que en este caso fue en Argentina.
- Se rechazó la declinatoria de competencia y se ordenó continuar la causa en Córdoba, con costas a la demandada.

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