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QUISPE CHOQUE, OVIDIO c/ ESEKA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y ordenó la actualización del crédito laboral mediante índice de precios y un interés del 3% anual, en línea con la constitucionalidad y la doctrina de la Corte Suprema, tras declarar la inconstitucionalidad del artículo 7º de la ley 23.928.

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¿Quién es el actor?

Ovidio Quispe Choque

¿A quién se demanda?

ESEKA S.A. y otro
- Objeto de la demanda: Despido y reclamo de indemnización
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó en parte la sentencia y ordenó la actualización del crédito con índices inflacionarios y un interés del 3% anual, declarando la inconstitucionalidad del art. 7º de la ley 23.928 por afectar derechos constitucionales del trabajador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema dejó sin efecto el criterio de capitalización de intereses basado en el acta 2764/2022, señalando que no encuentra sustento en el CCyC, y que la tasa de interés debe compensar la pérdida del valor del crédito por la demora y la inflación, conforme a los precedentes “Oliva”, “Fontaine” y “Lacuadra”. La normativa legal que prohíbe la indexación y actualización monetaria se tornó irrazonable y contraria a la protección de los derechos constitucionales del trabajador, por lo que se declaró la inconstitucionalidad del art. 7º de la ley 23.928 y se dispuso la actualización del crédito con índice de precios y un interés del 3% anual desde la fecha de condena hasta pago efectivo.

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