VIA BARILOCHE SA c/ CNRT (EX 122234917/24 - SUM ADM 506027) s/SERVICIO PUBLICO DE AUTOTRANSPORTE - LEY 21844 - ART 8
La Cámara Federal de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sanción de multa aplicada a Vía Bariloche SA por incumplimiento en la presentación de deficiencias de carrocería, confirmando la legalidad y proporcionalidad de la sanción y rechazando la inconstitucionalidad alegada por la actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Vía Bariloche SA, demanda a la CNRT en virtud de una sanción de multa por incumplimiento en la presentación de deficiencias de carrocería, y cuestiona la legalidad, constitucionalidad y competencia de la autoridad sancionadora.
- La CNRT justificó la sanción basándose en la disposición DI-2025-4516-APN-GALYJ#CNRT, aplicando el régimen sancionatorio vigente.
- La Cámara analiza los planteos y concluye que los mismos deben ser desestimados, ya que los argumentos de la actora carecen de sustento en la normativa y en la jurisprudencia aplicable.
- La Cámara destaca que la graduación y cuantía de la multa no resultan arbitrarias ni desproporcionadas, y que la normativa aplicable se ajusta a los parámetros legales.
- Se desestiman las quejas relativas a la constitucionalidad del procedimiento y la vulneración de derechos constitucionales, ya que no se acreditan vicios en los actos administrativos ni vulneraciones constitucionales.
- Finalmente, se confirma la legalidad de la sanción y se imponen las costas a la parte vencida.
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