COCUCCI, JAVIER ALFREDO Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD - PFA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Contencioso Administrativo Federal elevó a la suma de 75.789 pesos los honorarios del letrado en la causa por recursos y tareas jurídicas relacionadas con la reclamada defensa en el expediente de personal militar. La decisión se basa en la trascendencia, monto y complejidad del asunto, regulándose los honorarios y dejando constancia sobre su pago y adiciones impositivas.
Actor: Javier Alfredo Cocucci y otro
Demandado: En
- M Seguridad
- PFA
Objeto: Recursos por personal militar en causa Nº 5196/2019/CA2-CA1
¿Qué se resolvió?
La Cámara reguló los honorarios del letrado patrocinante en la suma de $75.789, equivalentes a 1 UMA, con la aclaración de que estos no incluyen IVA y deben ser abonados conforme a la ley 27.423.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate, su monto –tomando como tal la liquidación aprobada el 6/7/22–, así como el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en la incidencia ante el juzgado de primera instancia, corresponde ELEVAR a la suma de $75.789 –equivalentes a la cantidad de 1 U.M.A.– los honorarios del Dr. Fernando Nuner Uner, quien actuó como letrado patrocinante en la defensa de la parte actora (arts. 16, 19, 21, 29, 51 y cdtes., de la ley 27.423; resolución CSJN SGA n° 1860/25)." "La importancia del asunto discutido y las tareas desempeñadas ante esta Alzada (contestación del recurso extraordinario federal del 23/10/20) REGULANSE en la suma de $75.789 –equivalentes a la cantidad de 1 UMA los emolumentos del mencionado profesional (conf. resol. SGA 1860/2025)." "Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluye el Impuesto al Valor Agregado, monto que –en su caso– deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo."
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