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ZHENG, QIANG c/ EN-M INTERIOR-DNM-EXPTE 75505/16 s/AMPARO POR MORA

La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala II, regularizó los honorarios del abogado en un proceso de amparo por mora, reduciéndolos a $454.734 y regulando además otros honorarios por tareas en la instancia de alzada, ajustándose a la naturaleza del asunto y los criterios legales aplicables.


¿Quién es el actor?

Qiang Zheng

¿A quién se demanda?

EN-M INTERIOR-DNM-EXPTE 75505/16
- Objeto de la demanda: Amparo por mora
- Decisión del tribunal: La Cámara reguló los honorarios del abogado en $454.734 por tareas en la sustanciación original y $75.789 por las tareas en la alzada, en función de la complejidad, responsabilidad y naturaleza del caso, ajustándose a los criterios del art. 16 y siguientes de la ley 27.423 y Dto. 1077/17. Además, reguló el IVA y dispuso su incorporación a las costas cuando corresponda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fin de tratar los recursos interpuestos, en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "Además a fin de lograr una retribución equitativa y justa no resulta conveniente tan sólo la aplicación automática de porcentajes previstos en los aranceles, en la medida en que las cifras a las que se arriba lleven a una evidente e injustificada desproporción con la obra realizada." "En tales condiciones, atendiendo a la etapa del pleito cumplida, corresponde reducir a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO ($454.734) –equivalentes a 6 UMA– los emolumentos del Dr. Alejandro Cesar Bevacqua, en virtud del análisis de la naturaleza del asunto, la extensión, la calidad jurídica y el resultado de la labor desarrollada." "Por las tareas efectuadas en la alzada, atento que la única cuestión sometida a conocimiento del Tribunal fue la distribución de costas y el resultado obtenido, corresponde regular la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE ($75.789) –equivalentes a 1 UMA–, los emolumentos del Dr. Alejandro Cesar Bevacqua." "El importe del Impuesto al Valor Agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a

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