CATANIA, MATIAS HERNAN c/ MENDY, CLAUDIO JORGE s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La sentencia condenó a Claudio Jorge Mendy a pagar $7.900.000 por daños y perjuicios derivados del accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad objetiva del demandado y la extensión de la responsabilidad a la aseguradora Paraná S.A. de Seguros, en atención a la póliza vigente y al incumplimiento de la parte demandada en probar eximentes. La sentencia también fijó indemnizaciones por incapacidad, daño moral, gastos, y daños materiales, y consideró la actualización de las sumas conforme a la ley y a los valores actuales, con intereses desde la fecha del hecho. La apelación fue atendida y la decisión de primera instancia fue confirmada en su totalidad.
- Quien demanda (Actor): Matías Hernán Catania
Demandado: Claudio Jorge Mendy (conductor del vehículo Fiat Uno) y en garantía "Paraná S.A. de Seguros"
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios ocasionados en un accidente de tránsito ocurrido el 31/05/2019, estimada en $7.065.529,44 más intereses y costas, incluyendo daños materiales, daño moral, gastos médicos y de traslado, y incapacidad psicofísica.
Decisión: Se condenó al demandado a pagar la suma de $7.900.000 en concepto de indemnización, con intereses desde la fecha del hecho, y se hizo extensiva la condena a la aseguradora por incumplimiento de su póliza, rechazando los argumentos de eximente planteados por la aseguradora y confirmando la responsabilidad objetiva del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El actor acreditó el hecho ilícito y la relación causal entre el daño y la acción del demandado, quien no logró desvirtuar la presunción de responsabilidad objetiva. La mecánica del siniestro fue acreditada mediante testimonios y peritajes mecánico y psicológico, que concluyeron en una responsabilidad del demandado sin culpa suficiente para eximirlo. La responsabilidad se extiende a la aseguradora por incumplimiento del deber de defensa y pago. La cuantificación de daños tiene en cuenta las secuelas físicas y psicológicas, la incapacidad del 5%, daño moral y gastos relacionados, actualizados a valores actuales. La tasa de interés se fijó en el 12% desde el hecho, y las costas se impusieron a la parte demandada."
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