CESTAC OLGA SUSANA C/ HEREDEROS DE MARTINEZ FERNANDO ESTEBAN S/ ACCIONES DE RECLAMACION DE FILIACION
La sentencia reconoce la filiación extramatrimonial post mortem de Aylen Fernanda Cestac con el fallecido Fernando Esteban Martínez, ordena la inscripción de la paternidad y establece las costas a su favor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante Olga Susana Cestac promovió demanda en representación de su hija Aylen Fernanda contra las sucesoras de Fernando Esteban Martínez, fallecido en 2022, para obtener el reconocimiento de filiación extramatrimonial y la inscripción de la paternidad. La prueba central fue el análisis de ADN, que arrojó un índice de parentesco de 86.300.000 veces más probable de que Aylen sea hija biológica del fallecido. La pericia no fue impugnada y se consideró suficiente para acreditar la relación biológica. La jueza concluyó que "existen elementos suficientes que permitan afirmar que Aylen Fernanda Cestac es hija biológica del Sr. Fernando Esteban Martínez", y en consecuencia, hizo lugar a la demanda. Se ordenó la inscripción de la filiación en los registros correspondientes y se impusieron las costas a las demandadas. La decisión está fundamentada en la normativa del Código Civil y Comercial, en particular en los arts. 570, 579 y ccs., y en la jurisprudencia que destaca la precisión del análisis genético en juicios de filiación. La sentencia también reguló honorarios y dispuso la publicación de la misma en la página web del tribunal.
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