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ALMADA, ANDRES PABLO S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

La sentencia restringió la capacidad jurídica de ANDRES PABLO ALMADA por padecer retraso mental moderado, estableciendo un sistema de apoyo y limitaciones en actos jurídicos y patrimoniales, en línea con la normativa vigente y la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Capacidad juridica Discapacidad Apoyo judicial Restriccion de capacidad Derechos humanos Proteccion de incapaces Sistema de apoyo Ley 26657 Evaluacion psiquiatrica Proteccion patrimonial

La sentencia de primera instancia resolvió restringir la capacidad jurídica de Andrés Pablo Almada, considerando su diagnóstico de retraso mental moderado y los informes socio-ambiental y psicológico que evidencian que, aunque puede desarrollar habilidades sociales y de comunicación, requiere supervisión y asistencia en actos complejos. Se estableció un sistema de apoyo con la designación de la Sra. Mazzola como persona de apoyo, con facultades limitadas para promover su autonomía y facilitar la comprensión y manifestación de voluntad. La resolución se fundamentó en el marco normativo del Código Civil y Comercial, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y la jurisprudencia local, señalando que la capacidad restringida no puede basarse solo en discapacidad, sino en la evaluación concreta de las capacidades del individuo para comprender y decidir en actos jurídicos. La decisión busca garantizar los derechos del causante, protegiendo su integridad y promoviendo su participación en decisiones que afecten su persona y patrimonio, con controles periódicos y la posibilidad de revisión en un plazo de tres años.

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