PAPARIELLO JORGE RAUL S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la declaratoria de herederos y la transferencia del dominio de un automotor tras la sucesión ab-intestato, y regula los procedimientos y requisitos fiscales y registrales aplicables. La resolución detalla las formalidades y certificaciones requeridas para cumplir con la ley y asegurar la validez del acto inscriptor.
¿Quién es el actor?
No especificado en el extracto, aparentemente el representante o interesado en la sucesión
¿A quién se demanda?
No se especifica, la resolución se refiere a la sucesión ab-intestato de Jorge Raúl Papariello
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inscripción de la declaratoria de herederos y transferencia del dominio de un automotor, cumplimiento de requisitos fiscales y registrales, pago de honorarios y tasas, presentación de documentación y declaraciones juradas relacionadas con el impuesto a la transmisión gratuita de bienes.
¿Qué se resolvió?
La autoridad ordenó la inscripción en el Registro de la Propiedad Automotor de la declaratoria de herederos y el cumplimiento de requisitos fiscales, incluyendo el pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, la acreditación de la presentación de declaraciones juradas, y la confección de las piezas instrumentales conforme a las normativas vigentes. Además, se designó al letrado firmante como depositario de las constancias y se reguló el pago de honorarios profesionales y los pasos para la integración de la documentación necesaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Previo al libramiento de la instrumental de inscripción, deberán los interesados manifestar lo que estimen corresponder en relación a la denuncia de venta a favor del Sr. SAR HUMBERTO CARLOS y la certificación de firmas que surgen del informe de dominio." "Se ordena inscribir en el Registro de la Propiedad Automotor la declaratoria de herederos dictada a fs. 22, con relación al automotor que refiere el informe acompañado a fs. 23, correspondiente al dominio GZJ953." "Se regula el pago de honorarios, teniendo en cuenta la naturaleza, calidad, eficacia y extensión de la labor cumplida por el profesional interviniente en autos." "En caso de que el causante haya fallecido después del 31/12/2010, se deberán acreditar la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, en conformidad con la normativa vigente." "Para la confección de la declaración jurada del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el instructivo del ARBA, incluyendo la declaración de todos los beneficiarios y la identificación de los datos fiscales correspondientes." "Se detalla la documentación y requisitos necesarios para la instrumentación registral, incluyendo transcripciones completas, datos del
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