PAPARIELLO JORGE RAUL S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia ordena la inscripción de la declaratoria de herederos y la transferencia del dominio de un automotor tras la sucesión ab-intestato, y regula los procedimientos y requisitos fiscales y registrales aplicables. La resolución detalla las formalidades y certificaciones requeridas para cumplir con la ley y asegurar la validez del acto inscriptor.
- Quien demanda: No especificado en el extracto, aparentemente el representante o interesado en la sucesión
- A quién se demanda: No se especifica, la resolución se refiere a la sucesión ab-intestato de Jorge Raúl Papariello
- Qué se reclama: Inscripción de la declaratoria de herederos y transferencia del dominio de un automotor, cumplimiento de requisitos fiscales y registrales, pago de honorarios y tasas, presentación de documentación y declaraciones juradas relacionadas con el impuesto a la transmisión gratuita de bienes.
- Qué se resolvió: La autoridad ordenó la inscripción en el Registro de la Propiedad Automotor de la declaratoria de herederos y el cumplimiento de requisitos fiscales, incluyendo el pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes, la acreditación de la presentación de declaraciones juradas, y la confección de las piezas instrumentales conforme a las normativas vigentes. Además, se designó al letrado firmante como depositario de las constancias y se reguló el pago de honorarios profesionales y los pasos para la integración de la documentación necesaria.
Fundamentos:
"Previo al libramiento de la instrumental de inscripción, deberán los interesados manifestar lo que estimen corresponder en relación a la denuncia de venta a favor del Sr. SAR HUMBERTO CARLOS y la certificación de firmas que surgen del informe de dominio."
"Se ordena inscribir en el Registro de la Propiedad Automotor la declaratoria de herederos dictada a fs. 22, con relación al automotor que refiere el informe acompañado a fs. 23, correspondiente al dominio GZJ953."
"Se regula el pago de honorarios, teniendo en cuenta la naturaleza, calidad, eficacia y extensión de la labor cumplida por el profesional interviniente en autos."
"En caso de que el causante haya fallecido después del 31/12/2010, se deberán acreditar la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, en conformidad con la normativa vigente."
"Para la confección de la declaración jurada del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el instructivo del ARBA, incluyendo la declaración de todos los beneficiarios y la identificación de los datos fiscales correspondientes."
"Se detalla la documentación y requisitos necesarios para la instrumentación registral, incluyendo transcripciones completas, datos del
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