RESK MARIA CARMEN C/ DIMATTIA ANA MARIA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Concesión del beneficio de litigar sin gastos en proceso de daños y perjuicios. La Cámara dictó la sentencia y fundamentó que la actora no posee recursos suficientes para afrontar los gastos del juicio, en virtud de su situación económica y la valoración probatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Maria Carmen Resk, promovió el beneficio de litigar sin gastos contra Ana Maria Dimattia en autos relacionados con daños y perjuicios, alegando insuficiencia de recursos y la imposibilidad de afrontar los costos del proceso. Se acompañó declaración jurada, testimonios y documentación que acreditan su situación económica, destacando que es jubilada, con un bien inmueble hipotecado y trabaja en un consultorio de masajes, sin fondos de comercio ni cajas de seguridad. La parte contraria no aportó prueba que desvirtúe la alegación de carencia de recursos. El tribunal valoró la prueba y concluyó que la solicitante no posee bienes de fortuna ni capacidad económica para afrontar los gastos judiciales, y que la carencia de recursos constituye una cuestión de hecho que debe ser valorada por el juez. La sentencia fundamenta que la procedencia del beneficio depende de la importancia económica del proceso y la situación particular del solicitante, siendo una prerrogativa restrictiva y excepcional, que requiere demostrar la imposibilidad de sufragar los gastos. En consecuencia, se concede el beneficio de litigar sin gastos a la actora, con las salvedades del art. 84 del CPCC, y se difiere la regulación de honorarios.
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