Incidente Nº 2 - DENUNCIANTE: OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA Y OTRO IMPUTADO: MARTÍNEZ, JUAN JAVIER s/INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa de Juan Javier Martínez y confirmó la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 13, por inadmisibilidad del medio impugnativo por no estar contemplado en el ordenamiento jurídico. La resolución se fundamenta en la doctrina del fallo “Ferrari” y en precedentes de la Corte Suprema.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Juan Javier Martínez interpuso recurso de casación contra la sentencia que lo condenó a ocho años de prisión por delitos de abuso sexual reiterado y agravado, con agravantes por la condición de guardador y convivencia preexistente con la víctima menor de edad. La Sala de Casación rechazó el recurso por inadmisibilidad, considerando que el medio impugnativo no está contemplado en el ordenamiento jurídico vigente, en línea con la doctrina jurisprudencial de la Corte Suprema en los fallos “Ferrari” y “Haras El Moro”. La decisión fue adoptada por los jueces Pablo Jantus y Eugenio Sarrabayrouse, este último absteniéndose por el art. 23, último párrafo del CPPN. La Sala concluyó que no cabe la revisión del recurso por su inadmisibilidad, confirmando la resolución anterior y sin costas en esta instancia.
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