CORDOBA MARIO ROBERTO c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirma la sentencia de grado que hizo lugar a la reclamo y ratifica que las costas deben ser soportadas por la parte vencida, en línea con el principio general del art. 68 del CPCCN, rechazando la argumentación de la demandada sobre la aplicación del art. 71 del Código de rito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso recurso de apelación contra una sentencia que hizo lugar a su reclamo. La parte demandada argumentó que no corresponde la imposición de costas a la vencida, solicitando la aplicación del art. 71 del CPCCN. La Cámara, en su análisis, recordó que las costas representan los gastos derivados del proceso y, conforme al art. 68 del CPCCN, generalmente deben ser soportadas por la parte perdidosa, salvo excepciones no alegadas en este caso. La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos sus términos y ratificó la imposición de costas a la parte vencida, considerando que la argumentación de la demandada no se ajustó a la normativa vigente ni a la jurisprudencia aplicable.
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