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PEREYRA DANIEL EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por aplicación de doctrinas y actualización de remuneraciones. El Juzgado admitió parcialmente la demanda y la defensa de prescripción, ordenó recalcular y pagar el haber y los retroactivos según las pautas fijadas, y diferir para ejecución el tratamiento de ciertos extremos normativos.

Pbu Prestacion compensatoria Pap Actualizacion de haberes Prescripcion (art. 82 l.18.037) Inconstitucionalidad Ripte Movilidad ley 26.417/27.609 Retroactivos Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Pereyra Daniel Eduardo. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Reajuste y actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia), declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (arts. de las leyes 24.241, 24.463, y reglamentaciones) y pago de retroactivos. Decisión: Se hizo lugar a la defensa de prescripción deducida (art. 82 Ley 18.037) y parcialmente a la demanda; se ordenó a ANSeS que abone al actor el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas del decisorio dentro de 120 días; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecución; el haber y las sumas favorables deberán abonarse íntegramente sin quita alguna; se impusieron las costas a la parte demandada; y se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo que concluyó con la resolución que se impugna. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio." "En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." "Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = 'XX' importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15." "Es una máxima básica de la seguridad social que el Estado garantice al beneficiario el mantener el nivel de vida alcanzado durante la etapa laboral ... Si la ley autoriza a realizar voluntariamente aportes mayores al mínimo exigido ... ese esfuerzo debe verse reflejado obviamente en el monto del haber..." "En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas y a lo peticionado por la parte actora, corresponde la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a partir del caso 'Volonté' ... y 'Makler, Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463' ... En virtud de lo señalado se deben aplicar tales precedentes en la determinación del haber inicial, considerando a tal efecto la totalidad de los aportes efectuados al sistema." "El pedido de inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241 ... he de rechazarlo. En efecto, conforme surge del cómputo obrante en la documental que tengo a la vista, la parte actora no supera los 35 años..." "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." "Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06 ... Ello asi, en el entendimiento que ni la ley 24.241 ni ... la ley 24.463 ... advierte norma alguna que autorice dichas mermas."
- Votos en disidencia relevantes: No aparecen votos en disidencia en la sentencia analizada; el decisorio es de la jueza interviniente y las consideraciones mayoritarias son las consignadas en el fallo.

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