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DALLA VALLE, ALICIA BEATRIZ c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (PAMI) s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo por falta de suministro de medicación y ordenó a PAMI proveer Edaravone, manteniendo la imposición de costas a la demandada y regulando honorarios en favor del abogado de la actora por 20 UMA.

Recurso de apelacion Honorarios Costas procesales Derecho a la salud Amparo Pami Incumplimiento de mandato judicial Ley 16.986 Suministro de medicacion Inejecucion de medida cautelar

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Alicia Beatriz Dalla Valle, demandó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) por incumplimiento en el suministro de la medicación Edaravone, esencial para tratar su patología de ELA. La sentencia de primera instancia ordenó a la demandada proveer el medicamento, imponiendo costas a la parte vencida y regulando honorarios en favor del abogado de la actora en 20 UMA. La demandada apeló alegando que no se encontraba vencida y que no había fundamento normativo para las costas, además de que cumplió con la medida cautelar. La Cámara reafirmó la sentencia, destacando que en virtud del artículo 14 de la ley 16.986, las costas se imponen al vencido, y que la actora acreditó el incumplimiento de la manda judicial, dado que la demandada no suministró el medicamento desde el 21/10/2024, pese a la medida cautelar dictada el 21/10/2024. Además, consideró que el incumplimiento ponía en riesgo la salud de la actora. La Cámara mantuvo la imposición de costas, la confirmación de la sentencia y los honorarios regulados, en atención a la naturaleza del asunto y la insuficiencia de contenido económico del proceso.

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