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LEMOS, CLAUDIA BEATRIZ c/ ANSES s/PENSIONES

La Cámara Federal de La Plata revoca la sentencia de primera instancia y ordena a la ANSES la concesión de la pensión solicitada, considerando la voluntad de contribuir del causante y la proporcionalidad de aportes, aplicando principios de progresividad y protección de derechos sociales.

Seguridad social Aportes Moratoria Pension por fallecimiento Jurisprudencia csjn Progresividad derechos sociales Ley 24.476 Revision de sentencia. Proteccion derechos adquiridos

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Claudia Beatriz Lemos, demanda la pensión por fallecimiento de su cónyuge, Juan Antonio Greloni, quien falleció en 1992.
- La sentencia de primera instancia desestimó la demanda por considerar inaplicable la Ley 24.476, ya que el fallecimiento ocurrió antes de su vigencia, y por interpretar que la solicitud implicaba condonación de deuda.
- La Cámara revoca dicha sentencia, destacando que la situación del causante, con aportes equivalentes a más del 70% de lo exigido, y la voluntad de la actora de regularizar, deben ser valoradas con prudencia y en función de la protección de derechos sociales, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema.
- La Cámara sostiene que la ley vigente al momento del fallecimiento no puede ser aplicada de manera restrictiva, en virtud del principio de progresividad y del derecho adquirido, y que la solicitud debe ser atendida, permitiendo a la actora acceder a la moratoria para completar los aportes y obtener la pensión.
- La decisión se fundamenta en la protección del derecho a la seguridad social, en los antecedentes jurisprudenciales y en la interpretación flexible de las normas, en consonancia con los principios constitucionales y convencionales.

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