Logo

ARCA c/ CENTISEG S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

Sentencia que declara expedita la ejecución fiscal contra CENTISEG S.A.S. por la deuda de $12.663.039,44, ordenando su cobro y medidas cautelares, fundamentada en la omisión de oposiciones del demandado y en el cumplimiento de los requisitos legales de la Ley 11.683.

Inhibicion de bienes Sentencia de primera instancia Medidas cautelares Ejecucion fiscal Deuda Afip Cobro de deuda Embargo bancario Ley 11.683 Cordoba.

Quién demanda: La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en representación del Estado argentino.

¿A quién se demanda?

CENTISEG S.A.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal por deuda de $12.663.039,44, con interés legal, y medidas cautelares de embargo bancario e inhibición general de bienes en caso de insuficiencia del embargo.

¿Qué se resolvió?

Se declara expedita la ejecución de la deuda y se ordenan las medidas cautelares correspondientes, incluyendo embargo y inhibición, con instrucciones para su levantamiento una vez satisfecho el monto. La AFIP podrá practicar la liquidación y la notificación al demandado, quien podrá impugnarla en cinco días. La decisión se basa en que la demandada fue debidamente intimada y no opuso excepciones, conforme a la Ley 11.683. Fundamentos principales: "Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." "Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante." "De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente -, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar