P., L. N. c/ ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara confirmó la denegación de la acción de amparo por falta de prueba de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la negativa de cobertura por parte de la obra social, reafirmando que la relación es de seguridad social y no de consumo, y que el amparo no es procedente en estos casos.
- Quién demanda: L. N. P.
¿A quién se demanda?
Asociación Mutual Sancor Salud
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura del tratamiento oncológico (Protocolo ABVD), reintegros por estudios y traslados, y honorarios profesionales relacionados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que la obra social autorizó la cobertura del tratamiento y que no hubo conducta arbitraria o ilegal que justifique la vía de amparo, además de rechazar la aplicación de la ley de defensa del consumidor por tratarse de una relación de seguridad social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de grado acreditó la autorización del tratamiento y la existencia de un procedimiento razonable para la verificación de gastos. La acción de amparo no resulta procedente ante reclamos patrimoniales y no se acreditó la existencia de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta en la conducta de la demandada. La relación entre las partes es de seguridad social, excluyendo la aplicación de la ley 24.240. La carga probatoria recae en el accionante, y no se evidencian hechos que justifiquen la vía de amparo en este contexto. Se impusieron las costas a la parte actora, en los términos del beneficio de gratuidad.
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