PEREYRA , ERMINIO TOMAS c/ CENCOSUD S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
La Cámara de Apelaciones en lo Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a los intereses y la actualización del capital, declarando la inconstitucionalidad de ciertas normas legales y ordenando la aplicación del IPC del INDEC y un interés del 3% anual para la actualización del crédito laboral.
- Quién demanda: Erminio Tomás Pereyra
¿A quién se demanda?
Cencosud S.A. y otro
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente laboral y actualización del crédito
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia en cuanto a intereses y actualización del capital, declarando la inconstitucionalidad de las normas que prohibían la actualización y ordenando que el crédito se actualice con el IPC y un interés del 3% anual desde la fecha de exigibilidad hasta el pago efectivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que la tasa de interés debe reflejar el costo del dinero en la realidad económica, y que la normativa legal que prohíbe la actualización de créditos laborales resulta inconstitucional por afectar la función resarcitoria y el poder adquisitivo de los créditos laborales y alimentarios. Se citan fallos de la CSJN que respaldan la necesidad de ajustar la actualización y los intereses para evitar la depreciación del crédito. Además, se enfatiza que las normas restrictivas de la actualización son susceptibles de inconstitucionalidad, y se ordena que la actualización se realice con el IPC y un interés del 3% anual, desde la exigibilidad del crédito.
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