Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: FANTI, LUIS s/ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO y LESIONES LEVES (ART.89) DAMNIFICADO: MATOS, EMILY VICTORIA Y OTRO
La Cámara confirmó la sentencia que condenó a Luis Fanti a nueve meses de prisión condicional por lesiones leves y abuso sexual simple, considerando que la prueba producida acreditó la materialidad y participación del acusado, y que la conducta fue dolosa y antijurídica.
- Quién demanda: Poder Judicial de la Nación (en representación del Estado en defensa de la legalidad)
¿A quién se demanda?
Luis Fanti
¿Cuál es el objeto del reclamo?
la condena por lesiones leves y abuso sexual simple, en concurso real, por hechos ocurridos entre diciembre de 2019 y enero de 2020.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la apelación y se confirma la sentencia condenatoria. La Cámara analizó la prueba testimonial, pericial y documental, concluyendo que quedó acreditada la materialidad y la participación dolosa del imputado, y que los hechos ocurrieron como fueron relatados por las víctimas. La defensa no logró desvirtuar la prueba ni justificar la conducta del acusado. La sentencia impuesta es justa y proporcional a la gravedad de los hechos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La materialidad de los hechos quedó acreditada con la declaración de las víctimas y la prueba testimonial de testigos presenciales que vieron la lesión y el lanzamiento de objetos por parte de Fanti. La conducta del imputado fue dolosa, ya que se evidenció que arrojó objetos y realizó tocamientos con intención libidinosa, pese a la disconformidad de las víctimas. La lesión en el labio de Martres fue leve, pero suficiente para configurar lesiones leves. La conducta de Fanti, consistente en comentarios y tocamientos de índole sexual, fue habitual y conocida en la familia, lo que refuerza la gravedad y antijuridicidad de su accionar. La existencia del dolo y la voluntad de realizar conductas ilícitas fueron valoradas en conjunto con las pruebas y testimonios. La pena de 9 meses de prisión condicional resulta adecuada, considerando las circunstancias personales del imputado y la naturaleza de los hechos. Se ordena la extracción de material genético para su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos. La conducta del imputado vulneró derechos fundamentales de las víctimas, en un contexto de violencia de género y acoso, y su responsabilidad quedó suficientemente acreditada.
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