Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: AVILA, JULIO MARIO ARNOLDO s/PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART.142 INC.1) DAMNIFICADO: BORDON, FLORENCIA EVANGELINA Y OTRO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la condena de un año de prisión en suspenso a Julio Mario Arnoldo Ávila por el delito de rapto propio, y dispuso reglas de conducta y medidas de reparación para garantizar la protección de las víctimas.
- Quién demanda: Fiscalía y víctimas Florencia Evangelina Bordón y Virginia Sonia Valle
¿A quién se demanda?
Julio Mario Arnoldo Ávila
¿Cuál es el objeto del reclamo?
condena por delito de rapto propio, pena de un año de prisión en suspenso, reglas de conducta y reparación
¿Qué se resolvió?
confirmación de la condena y las reglas de conducta, con ajustes en la modalidad de cumplimiento y medidas de supervisión
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la prueba testimonial, policial y médica, concluyendo que quedó acreditada la retención y violencia ejercida por el imputado con finalidad sexual, en violación a derechos constitucionales y normativos internacionales sobre protección a la mujer, y en línea con la calificación legal de rapto propio. Se valoró la conducta del acusado, la gravedad del hecho y la necesidad de medidas de protección y sanción, ajustando la pena a un año de prisión en suspenso, considerando agravantes y atenuantes, y estableciendo medidas de supervisión y reparación.
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