Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ARANIBAR, ELISEO s/AMENAZAS, INFRACCION LEY 26.485 y ABUSO SEXUAL - ART. 119 3° PARRAFO DAMNIFICADO: FLORES VARGAS, CONSTANTINA Y OTRO
La Cámara confirmó la absolución por falta de prueba en el hecho de abuso sexual y condenó por amenazas simples. La decisión se fundamenta en la valoración integral de la prueba, la imposibilidad de probar el abuso sexual, y la existencia de un contexto de violencia de género que sustenta la condena por amenazas.
- Quién demanda: La Fiscalía y la víctima, Constantina Flores Vargas.
¿A quién se demanda?
Eliseo Araníbar.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitaba la condena por abuso sexual con acceso carnal y amenazas.
¿Qué se resolvió?
Se absolvió por falta de prueba del abuso sexual y se condenó por amenazas simples a un año de prisión en suspenso y costas, con obligaciones y controles.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que no se pudo probar el abuso sexual, en particular por la confusión y el estado de vulnerabilidad de la víctima, además de la ausencia de rastros físicos y lesiones concluyentes. La valoración probatoria se realizó con perspectiva de género, ponderando la subjetividad y las condiciones emocionales de la víctima. Respecto a las amenazas, se verificó la existencia de un contexto de violencia y se consideró que las frases intimidantes y el accionar físico del imputado constituyen un delito de amenazas simples, tipificado en el art. 149 bis del Código Penal. La pena fue de un año de prisión en suspenso, con control en la comunidad y participación en cursos de violencia de género. La condena se dejó en suspenso y se establecieron condiciones para su cumplimiento, con caducidad en julio de 2034. La Cámara también ordenó comunicar la resolución a la víctima y a las instituciones pertinentes.
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