Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: VARONE, MAXIMILIANO JOSE MARIA s/ROBO DAMNIFICADO: MASSONE , SANTIAGO
La Cámara confirmó la condena de cuatro meses de prisión efectiva y declaró la reincidencia del acusado, en un caso de tentativa de robo en circunstancias que evidencian la gravedad del hecho, considerando además antecedentes penales previos y la necesidad de resguardar la sanción impuesta.
- Quién demanda: No especificado (el proceso fue iniciado por el Ministerio Público Fiscal en sede penal).
¿A quién se demanda?
Maximiliano José María Varone.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La resolución de la causa por el delito de robo simple en grado de tentativa, imponiéndole una pena de cuatro meses de prisión efectiva, y declarando su reincidencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena de cuatro meses de prisión efectiva, con declaración de reincidencia del imputado, y mantuvo la sanción en línea con la sentencia de primera instancia, considerando que el hecho probado constituye tentativa de robo con fuerza en las cosas, y que el imputado tiene antecedentes penales. La decisión se fundamenta en que “el hecho acreditado en esta causa constituye el delito de robo simple en grado de tentativa, por el que debe responder el encausado VARONE en calidad de autor (arts. 42, 45 y 164 del CP).” Además, se argumenta que “el delito no se pudo consumar debido a la oportuna intervención policial” y que “la conducta es antijurídica, dado que no hay causas de justificación.” La pena de cuatro meses de prisión fue considerada suficiente y proporcional, en atención a que “no se sustrajo ningún objeto y la situación de vulnerabilidad del encausado.” La Cámara también declaró la reincidencia del imputado, en virtud del cumplimiento parcial de otra condena previa, y las costas del juicio fueron cargadas al condenado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que “los elementos probatorios incorporados, resultan suficientes para ratificar el reconocimiento del hecho por parte del acusado,” y que “el hecho acreditado en esta causa constituye el delito de robo simple en grado de tentativa, por el que debe responder el encausado VARONE en calidad de autor.” La decisión se apoya en las declaraciones de testigos (el conductor de Cabify, la oficial policial y el damnificado), las fotografías, las pruebas periciales, y el informe médico legal. La sentencia también analiza la proporcionalidad de la pena, la reincidencia del condenado, y la gravedad del hecho, concluyendo que “la pena de CUATRO MESES DE PRISIÓN resulta suficiente, teniendo en cuenta que no se sustrajo ningún objeto y la situación de vulnerabilidad del encausado.” Además, se destaca que “el condenado registra, la causa n° 69.076/2022 (...) en la que por sentencia dictada el 28 de diciembre de 2022, se lo condenó a la pena única de tres años y dos meses de prisión,” y que “habiendo cumplido parte de la pena en la causa de
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