Legajo Nº 2 - IMPUTADO: xx s/LEGAJO DE APELACION
La Cámara confirma la resolución que dispuso el procesamiento de los imputados por adquisición y uso de teléfonos celulares reportados como ilegítimos, argumentando que las pruebas reúnen elementos que permiten inferir la existencia del dolo y la responsabilidad penal, rechazando los agravios por la supuesta falta de elemento subjetivo.
Actor: las defensas de xxx y otro Demandado: xxx y otro Objeto: la declaración de nulidad del procesamiento por considerar la inexistencia de dolo en la conducta imputada Decisión: la Cámara confirmó la resolución que dispuso el procesamiento, sosteniendo que las pruebas colectadas permiten inferir la existencia del dolo requerido por la figura legal, rechazando los agravios de la defensa
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó los agravios relacionados con la inexistencia del elemento subjetivo del tipo penal y concluyó que, a partir de las circunstancias probatorias (como la incautación de los teléfonos reportados como robados y el informe técnico que determinó adulteración en el IMEI), se puede inferir la intención dolosa de los imputados. La resolución señala que “la modalidad comisiva, la cantidad de dispositivos incautados y la falta de documentación que acredite la legítima tenencia de los mismos permiten inferir, al menos con el grado de probabilidad exigido en esta etapa, la presencia del dolo requerido para la configuración típica de la conducta imputada.” La Cámara además afirmó que “todo ello resulta suficiente para tener por demostrada la responsabilidad de los encausados como autores del delito atribuido” y que “será la instancia de debate oral y público donde se desplegará el contexto propicio para discutir con mayor amplitud los extremos fácticos objeto de esta investigación.” La resolución enfatiza que los agravios relacionados con la falta de dolo no lograron desvirtuar los elementos probatorios aportados y que, en consecuencia, procede la confirmación del procesamiento.
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