Legajo de Ejecución Nº 1 - PROCESADO: ALANIZ MONICA GABRIELA s/FALSIFICACION DE MONEDA
La Cámara declaró la extinción de la acción penal y sobreseyó a Mónica Gabriela Alaniz tras cumplimiento parcial de las reglas de conducta y transcurso del plazo máximo legal. La resolución se basa en la imposibilidad de continuar con la persecución penal por vencimiento del plazo y cumplimiento incompleto del beneficio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandada, Mónica Gabriela Alaniz, fue sometida a suspensión del juicio a prueba en octubre de 2014, con obligaciones que incluían tareas comunitarias, reparación del daño y fijación de residencia. La cumplimentación parcial, con sólo 56 horas de tareas, y la imposibilidad de pagar la reparación por dificultades económicas, motivaron la fiscalía a solicitar la revocación de la suspensión y el otorgamiento del estado de rebeldía. La defensa, en cambio, sostuvo que el plazo para controlar el cumplimiento se había vencido y que, además, la suspensión había cumplido su finalidad, dado que no registraba antecedentes y no cometió nuevos delitos. La Cámara, considerando los hechos y la doctrina aplicable, declaró la extinción de la acción penal, sobreseyó a la imputada y ordenó la destrucción de los billetes falsificados. La decisión se fundamenta en que, pese a incumplimientos parciales, transcurrió el plazo máximo legal sin que existiera posibilidad de continuar la persecución, y que no se acreditó conducta dolosa o maliciosa por parte de Alaniz.
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