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Legajo de Ejecución Nº 1 - PROCESADO: ALANIZ MONICA GABRIELA s/FALSIFICACION DE MONEDA

La Cámara declaró la extinción de la acción penal y sobreseyó a Mónica Gabriela Alaniz tras cumplimiento parcial de las reglas de conducta y transcurso del plazo máximo legal. La resolución se basa en la imposibilidad de continuar con la persecución penal por vencimiento del plazo y cumplimiento incompleto del beneficio.

Cumplimiento de obligaciones Sobreseimiento Plazo legal Suspension del juicio a prueba Extincion de la accion penal Delitos economicos Falsificacion de moneda Cumplimiento parcial Destruccion de efectos secuestrados Doctrina penal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandada, Mónica Gabriela Alaniz, fue sometida a suspensión del juicio a prueba en octubre de 2014, con obligaciones que incluían tareas comunitarias, reparación del daño y fijación de residencia. La cumplimentación parcial, con sólo 56 horas de tareas, y la imposibilidad de pagar la reparación por dificultades económicas, motivaron la fiscalía a solicitar la revocación de la suspensión y el otorgamiento del estado de rebeldía. La defensa, en cambio, sostuvo que el plazo para controlar el cumplimiento se había vencido y que, además, la suspensión había cumplido su finalidad, dado que no registraba antecedentes y no cometió nuevos delitos. La Cámara, considerando los hechos y la doctrina aplicable, declaró la extinción de la acción penal, sobreseyó a la imputada y ordenó la destrucción de los billetes falsificados. La decisión se fundamenta en que, pese a incumplimientos parciales, transcurrió el plazo máximo legal sin que existiera posibilidad de continuar la persecución, y que no se acreditó conducta dolosa o maliciosa por parte de Alaniz.

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