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C., M. X. Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/LEY DE DISCAPACIDAD

La acción de amparo promovida por la madre de una menor con discapacidad, que reclamaba cobertura para un acompañante terapéutico, fue rechazada por no acreditar la necesidad y la documentación, confirmando la decisión de primera instancia.

Prueba testimonial Discapacidad Legitimacion activa Cobertura de salud Documentacion medica Accion de amparo Acompanante terapeutico Justicia federal Ley 24.901 Neuquen.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, B. T.C., en representación de su hija M. X. C, demandó a la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación para obtener la cobertura de un acompañante terapéutico escolar y domiciliario, por 25 horas semanales, basada en un diagnóstico de autismo y un certificado de discapacidad. La demandada reconoció la afiliación y el diagnóstico, pero negó la necesidad de la prestación y cuestionó la autenticidad de la documentación aportada, alegando que la solicitud no fue presentada correctamente y que la figura del acompañante terapéutico no está incluida en el programa obligatorio. La prueba testimonial y documental, en particular la declaración de la médica prescriptora, reveló que la profesional no conocía ni había tratado a la niña, y que las prescripciones se basaron únicamente en referencias maternas, sin evaluación clínica. La jueza concluyó que no quedó acreditada la necesidad de la prestación solicitada, y que la documentación fue expedida sin base científica y sin revisión de la historia clínica, lo que invalidó la pretensión. Además, se verificó la falta de legitimación activa de la actora por no ser la destinataria de las prestaciones médicas. La acción fue rechazada con costas a la parte actora.

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