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S., D. O. c/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD s/AMPARO LEY 16.986

La sentencia ordena al Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas y de Seguridad (IOSFA) a cubrir la cirugía de fractura en la mano izquierda del actor, considerando que la demora en la prestación fue imputable a la demandada y que la misma fue efectivamente autorizada antes de la acción.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, cabo primero en actividad en la Gendarmería Nacional, promovió acción de amparo contra IOSFA para obtener cobertura de cirugía, internación, anestesia y materiales médicos tras sufrir un accidente con su arma de fuego el 3/9/2024. La demandada autorizó la prestación antes del inicio del proceso, pero la cirugía se realizó el 21/10/2024, tras la suspensión de servicios por motivos ajenos al actor, y tras dictarse una medida cautelar. La sentencia concluye que la demora en la prestación fue imputable a la demandada, que incumplió su obligación de brindar la cobertura efectiva, por lo que se hace lugar a la demanda en su totalidad. La decisión destaca que la obligación del Instituto es entregar la prestación, no solo autorizarla, y que la demora fue justificada por cuestiones administrativas ajenas al actor. Además, se condena a la demandada a cubrir la cirugía y los gastos asociados, con costas a su cargo. Los honorarios del abogado se regulan en $1.834.093,80, incluyendo IVA, y se establecen intereses del 6% anual en caso de mora.

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