MASETTO, OSCAR MARTIN c/ LOGISU S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la procedencia del despido incausado y la condena a pagar indemnizaciones, modificando el modo de actualización y los intereses, basado en la inconstitucionalidad del decreto 39/21 y la necesidad de protección del valor del crédito laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Oscar Martín Masetto, demanda por despido sin causa contra LOGISU S.A. y COTO CICSA S.A., reclamando indemnizaciones y otros rubros derivados del despido. La sentencia de grado hizo lugar a la demanda y condenó a las demandadas a abonar aproximadamente 8.946.996,83 pesos, con intereses calculados sobre el capital actualizado. La actora cuestionó la omisión respecto a la inconstitucionalidad del decreto 39/21 y el método de actualización del monto de condena. La demandada sostuvo que el despido fue justificado y objetó las liquidaciones y los intereses. La Cámara sostuvo que el despido fue incausado, por lo que ratificó la condena. Respecto a la actualización, la Cámara consideró que la normativa vigente, incluyendo el decreto 39/21, era inconstitucional y que la mejor base para actualizar las acreencias era el índice RIPTE más un interés del 6% anual, o en su defecto, el IPC con interés del 3%. La Cámara también analizó la validez de los mecanismos de actualización y concluyó que la prohibición de actualizar créditos en la normativa de emergencia económica vulnera derechos constitucionales, por lo que declaró la inconstitucionalidad del artículo 7º de la ley 23.928 (texto ley 25.561). La sentencia modificó parcialmente la decisión de grado en cuanto a los intereses y actualización, pero confirmó las costas. La decisión se fundamenta en la necesidad de resguardar el valor del crédito laboral frente a la inflación y las distorsiones del sistema de actualización monetaria, y en la constitucionalidad de los mecanismos de protección del salario y la propiedad en un contexto de emergencia económica.
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