CIAI, VALERIA GRACIANA c/ GLAMAMED S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Sentencia que declara la existencia de relación laboral entre la actora y la demandada, condenando a esta última en forma solidaria por la suma de 659.633,90 pesos, por despido sin registrar y salarios adeudados, y rechaza la pretensión de sancionar la conducta de las demandadas según el art. 275 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Valeria Graciana Ciai, demandó a Glamamed S.A. y Mario Valentinetti por despido sin registrar y por reclamos de indemnizaciones y salarios adeudados, reclamando además certificados de trabajo y sanciones por irregularidades. La relación laboral está acreditada mediante reconocimiento, notas y documentación bancaria, y la presunción del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo se mantiene intacta debido a la falta de prueba en contrario por parte de las demandadas. El tribunal concluye que la actora estuvo vinculada laboralmente y que la relación no fue registrada, por lo que se aplican las indemnizaciones por despido y demás rubros derivados, además de condenar a las codemandadas en forma solidaria. La sentencia también rechaza la sanción prevista en el art. 275 de la Ley de Contrato de Trabajo por considerar que las defensas de las demandadas están dentro del ejercicio del derecho de defensa. La condena incluye una suma total de 659.633,90 pesos, con intereses y actualización conforme a la normativa vigente, y se ordena la entrega del certificado de trabajo en los términos del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, sancionando su incumplimiento con multa de 5.000 pesos diarios hasta un máximo de 60 días hábiles.
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