ESPINDOLA SONIA PATRICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y modifica los agravios relacionados con la actualización de la PBU y otros aspectos del beneficio previsional, confirmando los fundamentos para la aplicación de las normas vigentes y rechazando los argumentos que proponen precedentes no aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Sonia Patricia Espindola, demanda reajustes en su jubilación frente a la ANSES, reclamando la correcta actualización de su PBU. La Cámara revisa los agravios respecto a la actualización de la PBU, el modo de recálculo, la constitucionalidad de los arts. 24 inc. a) y 9 de la ley 24.463, y la exención del impuesto a las ganancias. La sentencia analiza precedentes de la Corte Suprema y precedentes de la Sala, concluyendo que la comparación del haber debe hacerse sobre el total del haber inicial percibido, ajustado por las leyes vigentes desde su adquisición del derecho. Además, se afirma que la aplicación del índice de actualización debe ajustarse a las disposiciones legales vigentes y que no corresponde aplicar precedentes que consideran que la normativa ha sido inconstitucional, dado que la actora no acreditó los requisitos para ello. La sentencia también rechaza la inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) de la ley 24.241, sosteniendo que la norma no es irrazonable, y que la vulnerabilidad de los jubilados justifica la protección del derecho social. Finalmente, se imponen costas por su orden y se regula la actuación de la letrada de la actora en un 30% de lo que se regule en la instancia anterior.
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